Dinero Electrónico avanza en los modelos P2P. PetyCash ejemplo de impulso a las transferencias de dinero entre particulares.

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Las nuevas tecnologías, y en concreto el uso del smartphone, han aflorado una serie de servicios que cada vez están siendo más demandados en el entorno de los medios de pago, estos son los llamados pagos P2P (Peer-to-Peer). Este sistema de intercambio de dinero entre particulares se está democratizando cada vez más, dejando de estar exclusivamente en manos de los grandes players. Son ahora las startup y empresas tecnológicas de todo tipo las que ofrecen este servicio con más intensidad. Pero realmente ¿en qué momento es útil tener un sistema de pago P2P instalado en el móvil? Podemos observar los dos casos más utilizados a día de hoy, aunque no son los únicos, creciendo cada vez más los restantes:

  1. P2P como herramienta de pago en los marketplaces: Uno de los problemas que no terminan de desarrollar con prontitud los marketplaces, tanto los de venta entre profesionales y particulares, como los de sólo venta entre particulares, es el pago y cobro de las operaciones. Tradicionalmente se ha acudido a la entrega presencial del bien o servicio, sin embargo es con los pagos P2P donde realmente se produce la pertinencia de este servicio. Cada uno de los usuarios, tiene una cuenta de Dinero Electrónico asociada al Marketplace, y estos pueden hacer el pago del bien o el servicio, para garantizar la entrega o la prestación del mismo; ese pago sólo se liberará a la realización del evento, o cuando establezcan las condiciones generales de contratación del Marketplace. Es decir, el pago queda custodiado y garantizado en una cuenta escrow, siendo la Entidad de Dinero Electrónico la que custodia la cantidad a pagar, ejerciendo la actividad para la que le habilita la regulación y la Licencia previamente obtenida en el Banco Central del país en el que la solicitara.
  2. P2P como herramienta de pago entre particulares: En este punto nos gustaría destacar la plataforma recién lanzada PetyCash, es la red social para compartir dinero “calderilla”, es decir la manera de comunicarte, vivir e interactuar con la gente, tus amigos, familiares y conocidos, con la que, además, se puede compartir dinero. En concreto, PetyCash aúna tres servicios en uno:
  • mensajería instantánea, bilateral y en grupo, para poder crear botes comunes y compartir la experiencia en torno al dinero
  • transferencias instantáneas de dinero entre personas (yo esta funcionalidad la pondría la 1ª)
  • seguimiento o trackingde deudas, para saber cuánto debemos y, sobre todo, cuánto dinero nos deben.

Y este servicio de depósito de dinero de terceros, es necesario (and mandatory) realizarlo de forma regulada. En este caso, PetyCash se ha aliado con la Entidad de Dinero Electrónico SEFIDE, con quiénes desarrollan su actividad. En palabras de José Mª Cueco, CEO de PetyCash: Elegimos trabajar con SEFIDE para la parte regulatoria, por la solvencia del grupo al que pertenece y los partners con los que está integrado, como Everis y Bankia, entre otros, lo que nos ofrece las mayores garantías para un servicio clave en nuestro modelo de negocio. El hecho de ser una entidad española, estamos seguros que, además, nos ofrecerá un valor añadido en el día a día de la relación comercial”.

EDE, la regulación que ya existe para las Fintech. El caso SEFIDE.

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En febrero de este año se hizo público el Libro Blanco de la Regulación Fintech en España, impulsado por la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI) que acoge a las nuevas empresas financieras y de seguros basadas en soluciones tecnológicas. En su contenido se aborda la necesidad de obtener una regulación específica para un sector emergente que requiere garantizar su futuro y consolidar su posicionamiento en un mercado al que se han adelantado aportando productos y servicios propios de la banca convencional aunque con soluciones más innovadoras y próximas a los usuarios.

Según las previsiones, a término de 2017 habrá en España 400 empresas fintech que realizarán operaciones financieras reguladas por el banco central pero en un entorno aún no legislado al 100% para aquéllas, por lo que pueden estar operando en un terreno en el que es complicado aplicar la legalidad. Esto implica que se produzcan retrasos inevitables en la obtención de autorizaciones para poder realizar determinadas transacciones, como las de préstamo. Ello limita su desarrollo y consolidación.

En el otro extremo, las entidades financieras tradicionales reclaman el mismo tratamiento de regulación y supervisión para las nuevas compañías tecnológicas bajo el supuesto de que todas han de operar en las mismas condiciones restrictivas y de garantías para los clientes. Aunque en el fondo subyace el temor a la nueva competencia, más ágil y flexible, reconocen sus bondades y buscan mientras tanto alianzas para complementar su modelo de negocio.

Y en un terreno intermedio se encuentran las Entidades de Dinero Electrónico, que no son bancos ni fintech, pero tienen la capacidad de operar como ambas si cumplen con lo dispuesto en la Ley 21/2011 de Dinero Electrónico y obtienen la licencia preceptiva por parte del Banco de España para poder emitir y procesar dinero digital. De acuerdo con esta ley, “se entiende por dinero electrónico todo valor monetario almacenado por medios electrónicos o magnéticos que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones y servicios y que sea aceptado por una persona física o jurídica distinta del emisor de dinero electrónico”.

Es decir, las llamadas EDE requieren de una plataforma tecnológica incluso más potente que las Fintech para cumplir con la normativa en materia de seguridad informática, de prevención de blanqueo de capitales y de riesgos operativos, por poner un ejemplo. Y de otra parte, podrán operar como cualquier entidad financiera lo está haciendo actualmente con sus diferentes modelos de banca móvil, con las preceptivas autorizaciones de actividad. Ello sitúa a las EDE en una posición de ventaja competitiva para ofrecer, además, servicios de “core and regulatory banking” que, por ahora, las fintech no están autorizadas a realizar.

En este ecosistema es donde SEFIDE EDE opera gracias a haber obtenido en 2014 la licencia otorgada por el Banco de España (nº 6705) para prestar servicios financieros de dinero electrónico a cualquier empresa, incluidos bancos y fintech.

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