Beneficios de Dinero Electrónico

El uso del dinero en efectivo decrece anualmente debido a la generalización de los sistemas de pago electrónico; los sistemas que han sustentado la economía global han evolucionado conforme lo han hecho las necesidades, en cada período histórico, de ampliar las relaciones comerciales desde las establecidas entre grupos cercanos, mediante el trueque, hasta nuestros días, cuando no existen fronteras ni distancias para realizar cualquier tipo de transacción.

El dinero electrónico aporta ventajas de indudable valor como es la facilidad de acceso desde un dispositivo móvil, así como a todos los movimientos que se realicen desde cualquier aplicación financiera y que quedan reflejados en la cuenta de dinero digital asociada.

Un aspecto relevante es la seguridad que aportan estos sistemas que impide que el dinero se pueda perder o lo puedan sustraer, aunque se pierda el móvil, ya que los datos no se encuentran en el móvil sino en el servidor del proveedor del servicio, al que solo se puede acceder con PIN, Huella Digital/Touch ID o reconocimiento facial/Face ID. En el caso de robo, se puede acceder desde otro dispositivo, introduciendo la clave personal, y seguir operando con normalidad.

Una parte de consumidores recela de la innovación financiera, prefiriendo el dinero físico al electrónico, porque no confía en la disponibilidad total de sus depósitos. En realidad, esta situación se produce por desinformación ya que el funcionamiento de una cuenta de dinero digital es igual que la de una cuenta bancaria tradicional, con la ventaja añadida de que sus fondos están garantizados al 100%, mientras que las entidades convencionales solo pueden respaldar el importe máximo legalmente previsto por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), en la actualidad 100.000€ por titular en caso de insolvencia del banco titular.

Otra de las ventajas del dinero electrónico es la inmediatez en la realización de las transacciones, ya que estas se realizan en tiempo real, sea una compra o una transferencia, de manera que tanto el cargo en la cuenta del ordenante como el abono en la del beneficiario quedan anotadas en el instante de realizar la operación.

Un 70% de los clientes de las entidades financieras está registrado en banca electrónica, fundamentalmente porque las actividades típicas que antes debían realizarse en una sucursal han sido adaptadas a un dispositivo electrónicos que aportan comodidad y facilidad de uso. Estos usuarios, una vez descubierta la sencillez de esta operatoria online, en su mayoría no han vuelto a ir a su oficina para esas mismas operaciones. La tecnología nos hace la vida más cómoda, y en el ámbito financiero es donde más inversión en innovación se ha realizado.

En países como Suecia se está acercando al desvanecimiento del dinero físico; en España queremos aportar nuestro servicio de dinero electrónico para intentar alcanzar parecidas cotas de uso. Ya en 2016 se superó por primera vez el uso de dinero electrónico a la utilización del dinero físico, incluyendo tarjetas de créditos, compras por internet… Decisiones como que numerosos establecimientos no acepten dinero físico en los países nórdicos o en China, y que la mayoría de las oficinas bancarias no permiten depositarlo o retirarlo, determina que los ciudadanos de dichos países terminan por acostumbrarse a la no utilización del dinero físico, sin que haya consecuencias de orden económico o social, salvo las derivadas de las nuevas funcionalidades que incorporan los pagos digitales para evitar transacciones soportadas con dinero negro.

El control de tus gastos es más palpable con estas innovaciones que te ofrecemos. ¿Qué necesidad tienes de llevar la cartera? Llevar todo en el móvil es posible con una simple recarga.

  • No hay que llevar dinero físico
  • No se puede perder el dinero porque no es tangible.
  • Se puede tener mejor control de los gastos.
  • Remitir dinero es instantáneo y sin conste para el usuario.
  • El dinero físico se puede convertir en electrónico y viceversa, por lo que esta barrera es fácilmente superable gracias a los acuerdos con terceros (bancos convencionales y plataformas de cajeros automáticos).

EDE, la regulación que ya existe para las Fintech. El caso SEFIDE.

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En febrero de este año se hizo público el Libro Blanco de la Regulación Fintech en España, impulsado por la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI) que acoge a las nuevas empresas financieras y de seguros basadas en soluciones tecnológicas. En su contenido se aborda la necesidad de obtener una regulación específica para un sector emergente que requiere garantizar su futuro y consolidar su posicionamiento en un mercado al que se han adelantado aportando productos y servicios propios de la banca convencional aunque con soluciones más innovadoras y próximas a los usuarios.

Según las previsiones, a término de 2017 habrá en España 400 empresas fintech que realizarán operaciones financieras reguladas por el banco central pero en un entorno aún no legislado al 100% para aquéllas, por lo que pueden estar operando en un terreno en el que es complicado aplicar la legalidad. Esto implica que se produzcan retrasos inevitables en la obtención de autorizaciones para poder realizar determinadas transacciones, como las de préstamo. Ello limita su desarrollo y consolidación.

En el otro extremo, las entidades financieras tradicionales reclaman el mismo tratamiento de regulación y supervisión para las nuevas compañías tecnológicas bajo el supuesto de que todas han de operar en las mismas condiciones restrictivas y de garantías para los clientes. Aunque en el fondo subyace el temor a la nueva competencia, más ágil y flexible, reconocen sus bondades y buscan mientras tanto alianzas para complementar su modelo de negocio.

Y en un terreno intermedio se encuentran las Entidades de Dinero Electrónico, que no son bancos ni fintech, pero tienen la capacidad de operar como ambas si cumplen con lo dispuesto en la Ley 21/2011 de Dinero Electrónico y obtienen la licencia preceptiva por parte del Banco de España para poder emitir y procesar dinero digital. De acuerdo con esta ley, “se entiende por dinero electrónico todo valor monetario almacenado por medios electrónicos o magnéticos que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones y servicios y que sea aceptado por una persona física o jurídica distinta del emisor de dinero electrónico”.

Es decir, las llamadas EDE requieren de una plataforma tecnológica incluso más potente que las Fintech para cumplir con la normativa en materia de seguridad informática, de prevención de blanqueo de capitales y de riesgos operativos, por poner un ejemplo. Y de otra parte, podrán operar como cualquier entidad financiera lo está haciendo actualmente con sus diferentes modelos de banca móvil, con las preceptivas autorizaciones de actividad. Ello sitúa a las EDE en una posición de ventaja competitiva para ofrecer, además, servicios de “core and regulatory banking” que, por ahora, las fintech no están autorizadas a realizar.

En este ecosistema es donde SEFIDE EDE opera gracias a haber obtenido en 2014 la licencia otorgada por el Banco de España (nº 6705) para prestar servicios financieros de dinero electrónico a cualquier empresa, incluidos bancos y fintech.

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